Consulta pública previa a la elaboración de normas con rango de ley y reglamentos.
La Consulta pública previa, se articulará a través del portal web del Ayuntamiento. De lo que se trata es de recabar la opinión de los sujetos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, acerca de:
- Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa
- La necesitad y oportunidad de su aprobación
- Los objetos de la norma
- Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatoria.
EXPEDIENTES
Modificación del articulo 12 de la Ordenanza reguladora del impuesto de incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana.
La redacción del articulo 12 que se propone es la siguiente:
- "Las ordenanzas fiscales podrán regular una bonificación de hasta el 95 por ciento de la cuota integra del impuesto, en las transmisiones de terrenos y en la transmisión o constitución de derechos reales de goce limitativos del dominio de terrenos, sobre los que se desarrollen actividades económicas que sean declaradas de especial interés o utilidad Municipal por concurrir circunstancias sociales, culturales, histórico artísticas o de fomento del empleo que justifiquen tal declaración. Corresponderá dicha declaración al Pleno de la Corporación y se acordará previa solicitud del sujeto pasivo, por voto favorable de la mayoría simple de sus miembros"
El plazo de consulta previa será de 10 días hábiles.
Enlace a la sección "Ordenanzas y Reglamentos"