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/ / / El seguro obligatorio para perros será efectivo en términos jurídicos con el desarrollo del reglamento

En atención a las distintas consultas recibidas en las administraciones públicas, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 ha comunicado, a través de la Dirección General de Derechos de los Animales, que la obligatoriedad de contratar y mantener un seguro de responsabilidad civil por parte de las personas físicas o jurídicas tenedoras de perros, establecida en el artículo 30.3 de la Ley7/2023, de 28 de marzo, entraría en vigor el 29 de septiembre de 2023, de acuerdo con su disposición final novena. Si bien, en puridad de términos jurídicos, no resulta efectivamente aplicable hasta que se produzca el desarrollo reglamentario de dicho precepto, de conformidad con lo dispuesto en el mismo. Asimismo, se deberá atender a lo recogido sobre esta materia en las normativas autonómicas y locales que ya establecen, en algunos casos, la obligatoriedad de disponer de seguro de responsabilidad civil por tenencia de perros.

Finalmente, sobre la tenencia de perros potencialmente peligrosos, la normativa se sujeta en el Real Decreto 28/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, que obliga a que la cobertura mínima del seguro de responsabilidad civil sea, de al menos, 120.000 euros.

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